Dichas sanciones se establecen de la próximo forma en el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012: “El incumplimiento de los programas de Vitalidad ocupacional, las normas en Vigor ocupacional y aquellas obligaciones propias del empleador, previstas en el Doctrina Caudillo de Riesgos Laborales, causará multa de hasta quinientos (500) salarios mínim